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Existe jurisprudencia menor que considera que los gastos hipotecarios cobrados indebidamente se pueden reclamar hasta el próximo 23 de enero de 2024. Entre ellas, podemos citar la Sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid nº 432/2023, de 3 de noviembre de 2023, (puede descargarse el texto íntegro aquí). Sin embargo, es una cuestión que no está resuelta todavía y, que de hecho, se ha planteado como cuestión prejudicial ante el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, que no ha resuelto por el momento.

En este sentido resulta de interés la Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia nº 687/2023, de 14 de noviembre de 2023, (puede descargarse el texto íntegro aquí), que remitiendo a su Sentencia nº 990/2022, de 22 de noviembre de 2022, recuerda lo siguiente:

“Determinado el plazo de prescripción, la siguiente cuestión a analizar es la relativa al día inicial de cómputo, y al respecto, el Tribunal Supremo, como consecuencia de diversos pronunciamientos del TJUE, ha descartado que el día inicial del plazo de prescripción de este tipo de acciones sea el día de la celebración del contrato o la fecha en que se hicieron los pagos indebidos, y considera que quedan sólo dos opciones, lo que así plantea en la cuestión prejudicial que suscita:

 a) que el día inicial del plazo de prescripción sea el de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula; y

 b) que el día inicial del plazo de prescripción sea la fecha de la sentencias del TS que fijaron doctrina jurisprudencial sobre los efectos restitutorios (sentencias de 23 de enero de 2019) o la fecha de las sentencias del TJUE que declararon que la acción de restitución podía estar sujeta a un plazo de prescripción (SSTJUE de 9 de julio de 2020, Raiffeisen Bank SA, o de 16 de julio de 2020, Caixabank SA). (…)”

Por tanto, en el segundo supuesto el plazo finalizaría el próximo 23 de enero de 2024, si bien, hasta que el Tribunal Superior de Justicia no resuelva no se puede afirmar que el plazo para la reclamación de los gastos hipotecarios prescriba el próximo 23 de enero, si bien, en nuestra opinión, conviene ser cautelosos e iniciar una reclamación extrajudicial frente a tu entidad bancaria para interrumpir cualquier plazo de prescripción.

Desde PALACÍN, HERNÁNDEZ & CRESPO Abogados quedamos a su disposición para resolverle cualquier duda o aclaración.

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