
El Decreto-ley 21/2021, de 26 de octubre, ya prorrogó determinadas medidas de carácter social y económico que se habían establecido durante la pandemia para seguir ofreciendo una protección a los colectivos especialmente vulnerables. Entre ellas, algunas de las medidas en materia de vivienda que fueron prorrogadas hasta el 28 de febrero de 2022. Remitimos a nuestra entrada sobre esta cuestión.
De nuevo, a punto de vencer este plazo, aprovechando la aprobación del Real Decreto-ley 2/2022, de 22 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de los trabajadores autónomos, para la transición hacia los mecanismos estructurales de defensa del empleo, y para la recuperación económica y social de la isla de la Palma, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, se ha introducido una nueva prórroga hasta el 30 de septiembre de 2022 de las siguientes medidas en materia de vivienda:
- La suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional.
- La suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para personas económicamente vulnerables sin alternativa habitacional en los supuestos de los apartados 2.º, 4.º y 7.º del artículo 250.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (procedimientos para la recuperación de la posesión de finca rústica cedida en precario, de tutela de la tenencia o posesión del bien o para solicitar la efectividad de los derechos reales por los titulares de éstos frente a los que los perturben), y en aquellos otros en los que el desahucio traiga causa de un procedimiento penal.
Además, se modifica la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes, con el objetivo de que los arrendadores afectados por las medidas anteriormente referidas puedan solicitar hasta el 31 de octubre de 2022 la compensación económica en los términos previstos en dicha disposición.
Desde PALACÍN, HERNÁNDEZ & CRESPO Abogados quedamos a su disposición para resolverle cualquier duda o aclaración.
