
Con motivo de un asunto que llevamos en el Despacho, en el que el objetivo del cliente era recuperar la posesión de un inmueble de su propiedad que se encontraba en precario, analizamos la probabilidad de éxito que tendría la interposición de la acción judicial de desahucio por precario, teniendo en cuenta que el demandado iba a discutir la eficacia del título de propiedad esgrimido por nuestra parte, al sostener que él era el propietario del bien inmueble objeto de desahucio por haber realizado la construcción sobre la finca, esgrimiendo la figura jurisprudencial de la accesión invertida.
En nuestro caso y, atendiendo a la numerosa jurisprudencia analizada, llegamos a la conclusión de que, ante la oposición por parte del demandado de la excepción de inadecuación del procedimiento verbal de desahucio alegando que se trata de una cuestión compleja que excede del ámbito de juicio de desahucio, el juez muy probablemente archivase el procedimiento verbal y nos remitiera al procedimiento declarativo ordinario correspondiente.
Y es que en este sentido encontramos numerosas resoluciones judiciales, entre ellas, son especialmente claras las siguientes: Sentencia de la Audiencia Provincial de Logroño, de 27 de marzo de 2015 y la Sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, de fecha 23 de diciembre de 2002.
Si bien, recientemente, hemos tenido conocimiento de una Sentencia de la Audiencia Provincial de Gerona, de fecha 10 de febrero de 2023, que revoca la sentencia que estimó la excepción procesal de inadecuación del procedimiento y declara que en el procedimiento de desahucio por falta de pago y reclamación de rentas sí se pueden discutir cuestiones complejas.
En el asunto enjuiciado, la actora ejercita acción de desahucio por falta de pago y reclamación de rentas frente al inquilino que reside en la finca de la que es propietaria. La representación procesal del demandado opone la excepción de inadecuación del procedimiento verbal de desahucio, sosteniendo que el asunto se trata de una cuestión compleja que excede del ámbito del juicio de desahucio, argumentando que el inquilino procedió a edificar sobre la finca arrendada un camping con todas sus instalaciones y que lleva explotándolo más de 42 años, afirmando que es de su titularidad y sobre el cual tiene derechos de propiedad e indemnizaciones, cuestión que no cabe discutirse en un procedimiento con carácter sumario.
El Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Blanes, con base en que el juicio verbal de desahucio es un procedimiento sumario con conocimiento limitado, que excluye las cuestiones que afectan a la propiedad, a la nulidad o a la eficacia del título y en general todas las cuestiones complejas derivadas del contenido del contrato, estimó dicha excepción y desestimó la demanda formulada por la propietaria, remitiendo a las partes al procedimiento declarativo ordinario correspondiente en el que se puede resolver sobre este tipo de cuestiones.
Sin embargo, la Audiencia de Gerona, opina que en este caso “no existe cuestión compleja que desborde el cauce del juicio verbal”, al entender que el procedimiento promovido sí es el adecuado para resolver sobre la renta adeudada que fue pactada por las partes, en tanto en cuanto se ejercita acumuladamente a la acción de desahucio la reclamación de cantidad en relación con las rentas y cantidades adeudadas. No resultando por tanto en este caso aplicable la doctrina de la cuestión compleja “en la medida en que el presente procedimiento, con relación a dicha pretensión, constituye un juicio declarativo plenario sin restricciones cognitivas ni probatorias”, considerando el procedimiento de desahucio el idóneo para la cuestión suscitada.
La Sala decide estimar en lo fundamental el recurso de apelación formulado por la demandante y, asimismo, declara resuelto el contrato de arrendamiento de la finca por falta de pago, condenando a los demandados al desalojo del inmueble y a pagar las cantidades adeudadas y las devengadas hasta el efectivo abandono de la finca.
Desde PALACÍN, HERNÁNDEZ & CRESPO Abogados quedamos a su disposición para resolverle cualquier duda o aclaración.
