
Nos hemos hecho eco de una Sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, de 3 de noviembre de 2023, (se puede consultar íntegramente aquí), que aunque la materia puede resultar rutinaria, ya que se trata de un procedimiento judicial de divorcio contencioso con los correspondientes efectos inherentes al mismo, lo novedoso es que entre las medidas acordadas, nos encontramos con la fijación de una manutención para el cuidado de la mascota común.
Así, la Audiencia Provincial de Pontevedra confirma la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Vigo, en la que, además de declarar disuelto el matrimonio por divorcio, se regularizan las relaciones familiares, acordándose un sistema de patria potestad y custodia compartida para los dos hijos comunes, así como la fijación de una pensión mensual de alimentos a cargo del padre a favor de sus hijos actualizable anualmente conforme al IPC y respecto a la mascota del matrimonio se acordaba que quedaría al cuidado de la mujer, debiendo abonarse por mitad los gastos extraordinarios y de veterinarios y estableciéndose una contribución a cargo del hombre para el cuidado del animal consistente en “la suma de 40 euros al mes, pagaderos en los cinco primeros días de cada mes y actualizable anualmente conforme al IPC”.
Aunque ya en alguna ocasión nos habíamos topado con alguna resolución judicial que aprobaba convenios reguladores de mutuo acuerdo en los que incluíamos este tipo de previsiones relativas a las mascotas, de ahora en adelante y más desde la aprobación de la Ley de Bienestar Animal, creemos que será más habitual, incluso en procedimientos de divorcios contenciosos.
Desde PALACÍN, HERNÁNDEZ & CRESPO Abogados quedamos a su disposición para resolverle cualquier duda o aclaración.
