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El apartado 4º del art. 510.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil («LEC») establece que las sentencias firmes pueden ser revisadas «si se hubiere ganado injustamente en virtud de cohecho, violencia o maquinación fraudulenta».

Pues bien, la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 9 de abril de 2024, (puede descargarse el texto íntegro aquí), estima la demanda interpuesta por dos arrendatarias que en un previo procedimiento de desahucio no fueron notificadas de la existencia del citado procedimiento hasta la fase de ejecución, a pesar de que habían comunicado al arrendador –previo al inicio del propio procedimiento de desahucio- un nuevo domicilio a efectos de notificaciones.

El Tribunal Supremo concluye que «la demandante en el juicio de desahucio, tanto en el momento de la presentación de la demanda, como durante la tramitación del juicio, conocía que las codemandadas Candelaria y Carina no residían en el piso arrendado y que tenían su domicilio en otra dirección que le habían comunicado previamente por escrito mediante un burofax. Pese a lo cual, no facilitó al juzgado este segundo domicilio, ni tampoco los datos de teléfono y correo de que disponía».

Por ello, aplicando la reiterada doctrina existente al respecto (SSTS 129/2016, de 3 de marzo; 442/2016, de 30 de junio; 639/2016, de 26 de octubre; 34/2017, de 13 de enero; 346/2017, de 1 de junio; y 451/2017, de 13 de julio), afirma que «una de las manifestaciones de la maquinación fraudulenta que permite la revisión de la sentencia es aquella en que incurre quien ejercita una acción judicial cuando oculta el domicilio de la persona contra la que va dirigida, a fin de que se le emplace o cite por edictos y se sustancie el procedimiento en rebeldía».

El efecto de la estimación de la demanda de revisión de una sentencia firme (en el caso aquí analizado, del decreto firme acordando el desahucio de los arrendatarios) según lo dispuesto en el art. 516.1 LEC, es la rescisión de la resolución judicial impugnada, quedando sin efecto alguno.

Desde PALACÍN, HERNÁNDEZ & CRESPO Abogados quedamos a su disposición para resolverle cualquier duda o aclaración.

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