
Como informamos en entradas previas, el pasado 29 de septiembre se publicó la Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas.
Entre otras encontramos una serie de medidas para la lucha contra la morosidad (capítulo IV), que pretenden acabar con este lastre que sufren especialmente las PYMEs y que no mejoró con las pautas introducidas por Ley 3/2004, de 29 de diciembre. Son las siguientes:
1.- Impulsar la transparencia con respecto a los periodos de pago de las operaciones comerciales. Para ello, el Gobierno creará y regulará el funcionamiento de un Observatorio Estatal de la Morosidad Privada, encargado del seguimiento de la evolución de los datos de pago y la promoción de buenas prácticas en este ámbito.
Asimismo, para facilitar la transparencia se promociona el uso de la factura electrónica (remitimos a nuestra entrada monográfica: Regulación de la factura electrónica.) y se proponen programas de subvenciones que permitirán la adquisición y establecimiento de soluciones de digitalización que posibiliten su implantación.
2.- Incorporación de incentivos para el cumplimiento de los plazos de pago:
Se pretende promover a través de su configuración como criterio de acceso a las subvenciones públicas, modificándose la Ley General de Subvenciones en dos puntos clave:
- Introduciendo el veto a la obtención de la condición de beneficiario o entidad colaboradora para subvenciones de importe superior a 30.000 euros a las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley de Lucha contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales.
- Modificación de la definición de “Gastos subvencionables”, añadiendo que cuando el beneficiario de la subvención sea una empresa, los gastos subvencionables en los que haya incurrido en sus operaciones comerciales deberán haber sido abonados en plazo ya que en otro caso no se considerarán tales.
En coherencia, se refuerza la normativa de contratación pública para garantizar que los adjudicatarios abonen en tiempo el precio pactado a sus subcontratistas.
Desde PALACÍN, HERNÁNDEZ & CRESPO Abogados quedamos a su disposición para resolverle cualquier duda o aclaración.
